Faltan todavía dos años para que todos aquellos hogares con calefacción central en España estén obligados a instalar contadores individuales en los radiadores para que cada usuario conozca el consumo real que realiza.
Es una imposición que viene de Europa, de la Directiva Europea de Eficiencia Energética 27/2012/UE, y que en España estará regulada a finales de este mes o a principios de 2015 a través de un Real Decreto. ista, una de las principales compañías en Europa de facturación de consumos de agua y calefacción calcula que, aproximadamente 1,7 millones de hogares con calefacción central estarán obligados a partir del 1 de enero de 2017 a instalar dispositivos de medición individuales, repartidores de costes de calefacción en los radiadores o contadores individuales de calefacción.
A pesar de los dos años que todavía hay por delante, son muchas las dudas que les surgen entre los afectados y que a través de este artículo se pretenden despejar.
¿A quién afecta?
A todo aquel que viva en un edificio con un sistema de calefacción central. En España, ista calcula que son 1,7 millones de familias. Existen dos tipos de distribución de la calefacción. Por un lado están los sistemas en anillo, presentes en 1,1 millones de hogares, en los que el agua entra en la vivienda, pasa por todos los radiadores y vuelve a incorporarse al circuito de retorno a la caldera. Tienen una única entrada y salida por cada vivienda. Básicamente, el agua circula de un radiador a otro dentro de la misma casa.
Pero por otro lado están los sistemas en columna, en los que el agua circula por todas las viviendas, en columnas verticales de un radiador a otro radiador en otra planta en la misma ubicación. Es decir, el radiador del salón comparte el agua caliente con el vecino de arriba y con el de abajo. Este sistema lo tienen hoy en día unos 600.000 hogares aproximadamente., “El verdadero ahorro está en el 1,1 millones de viviendas porque este tipo de viviendas son las menos eficientes. Son viviendas muy antiguas, con un aislamiento térmico deficiente”.
En España hay 1,7 millones de viviendas con calefacción central que deberán tener instalados los repartidores de costes el 1 de enero de 2017, en caso contrario, los hogares se enfrentan a multas entre 1.001 y 10.000 euros. Pero por otro lado están los sistemas en columna, en los que el agua circula por todas las viviendas, en columnas verticales de un radiador a otro radiador en otra planta en la misma ubicación. Es decir, el radiador del salón comparte el agua caliente con el vecino de arriba y con el de abajo. Este sistema lo tienen hoy en día unos 600.000 hogares aproximadamente.
¿Realmente se ahorra dinero?
Se estima que el ahorro medio por hogar ronda los 225 euros anual y un ahorro del conjunto de los hogares en torno a 200 millones de euros anuales. “Es algo psicológico. Cuando sabes que vas a pagar sólo por el consumo que realizas, te molestas en cerrar los radiadores si te vas a ir de viaje o tenderás a regular la temperatura de casa si consideras que hace demasiado calor. Cada uno es consciente de su consumo y se autorregula”, apunta Abati,
¿Es un nuevo impuesto del Gobierno?
Al tratarse de una obligación a partir del 1 de enero de 2017 para 1,7 millones de hogares, hay afectados que ven esta imposición como un nuevo impuesto por parte del Gobierno. “No. Esos 200 millones no son ni para el Gobierno ni para ninguna institución, sino que son ahorros que repercuten directamente en los bolsillos de las familias”.
¿Qué aparatos hay que instalar?
Los repartidores de costes de calefacción son dispositivos de medición que se utilizan desde hace más de 80 años fundamentalmente en países europeos. El objeto es medir el consumo de calefacción de las viviendas que formen parte de un edificio en propiedad horizontal dotado con un sistema de calefacción central. Esto medidores se instalan en cada uno de los radiadores de la vivienda.
¿Es muy caro?
Aunque depende del proveedor, los repartidores de costes -el aparato que mide el consumo real de calefacción- pueden costar, de media, unos 50 euros anuales. Una cantidad que se pagará todos los años, en concepto de alquiler del aparato. Los reguladores, por su parte, suponen una inversión de 150 euros. Estos se pagan una sola vez. “En menos de un año está amortizado. Y como medida de ahorro energético, resulta más barato que aislar la fachada o cambiar las ventanas, para lo que se necesitan al menos 7 de amortización».
Para una vivienda media con cinco radiadores, se calcula para el repartidor de costes en régimen de alquiler un precio aproximado de 4,5 euros al mes, pero depende del número de radiadores por vivienda, del número de viviendas en la finca, de su situación geográfica de la finca. Respecto a los reguladores, se calcula una inversión aproximada de 125 euros que el cliente amortizará en menos de 18 meses.
¿Hay que hacer obras?
Son muy sencillos de instalar y no se requieren obras de ningún tipo. Los que se instalan actualmente son electrónicos y las lecturas de consumo se recogen por radio por lo que, una vez instalados no es necesario volver a entrar en la vivienda, ni siquiera en el portal de la comunidad o el bloque. Se puede tardar entre 5 y 10 minutos en colocar el repartidor en cada radiador.
¿Pueden multarme si no los instalo?
Sí. Los estados miembro tienen la obligación de establecer un régimen de sanciones eficaces, proporcionadas y disuasorias aplicables en caso de incumplimiento de las disposiciones nacionales adoptadas en virtud de los artículos 9 a 11 (artículo 13 de la Directiva). Se considera una infracción grave no cumplir con la obligación de instalar contadores de consumo (de calor, frío y/o agua caliente sanitaria) individuales o soluciones alternativas siempre que sea económica y/o técnicamente viable. En España, las sanciones irán desde 1.001 a 10.000 euros.
¿Dónde se compran y a quién hay que comprárselos?
Es esencial que hayan sido fabricados de acuerdo a los estándares de calidad europeos exigibles. Debe tener marcado CE, estar fabricado según la norma UNE_EN 834, debe contar con el certificado de verificación firmado por una laboratorio independiente y homologado. Asimismo debe estar bien instalado porque el 95% de los errores de medición y origen de quejas del vecino son debidos a una instalación deficiente. Está previsto que AENOR otorgue un sello a todas aquellas empresas que se dedican a la instalación de repatidores cumplan unos mínimos de calidad. Pero el usuario es libre de elegir la compañía que quiera.
¿Qué pasa si uno o varios vecinos se niegan a instalarlo?
No pueden negarse. Una vez aprobado el Real Decreto es obligatoria su instalación. Corresponderá al administrador de fincas o al presidente de la comunidad buscar los mejores presupuestos pero no será necesaria su votación en la junta de vecinos. De nada sirve que un vecino lo instale en su vivienda si el resto de vecinos no instala estos repartidores.
«Es necesario que la instalación de los dispositivos se realice en todas las viviendas. Una vez aprobado el Real Decreto será obligatorio por ley y al vecino que no quiera instalarlos se le facturará tomando como referencia el consumo más elevado del edificio».
¿Cuándo será obligatorio?
A partir del 1 de enero de 2017 todos los hogares españoles con calefacción central tienen que tener instalados los repartidores de calefacción central. En caso contrario, se enfrentan a posibles sanciones. Responde a una directiva europea sobre eficiencia energética, cuya trasposición se está tramitando actualmente en España. El Real Decreto debería llevar aprobado desde el verano pero se ha retrasado y se espera que esté listo a finales de 2014 o principios de 2015.
¿Y si no se puede instalar?
.- No en todos los radiadores se puede instalar.
.- Cuando la calefacción con temperatura en funcionamiento de su agua caliente es inferior a 35 grados.
.- La calefacción vapor el techo.
.- Sistemas de agua caliente.
.- Instalaciones a vapor en lugar de agua caliente.
.- Toalleros que combinan agua caliente con resistencia integrada enchufado a la red.